Si se aprueba la Reforma Laboral, así quedaría el horario diurno y nocturno en Colombia
El artículo 13 fue aprobado en la Plenaria de la Cámara: recargo nocturno iniciará a las 7 de la noche..
Si se aprueba la Reforma Laboral, el horario diurno en Colombia empezará desde las 6 de la mañana e irá hasta las 7 de la noche, tras ser aprobado el artículo 13 en su segundo debate. La votación fue de 86 votos por el sí y 9 votos por el no.
Para la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, con la aprobación del artículo “restauramos el derecho del trabajo nocturno a los trabajadores de Colombia, lo que significa un recargo del 35% por trabajar en las horas de la noche. Esto hace justicia laboral, fueron 28 años en los que a los trabajadores/as les habían cercenado este derecho y ahora lo volvemos a restaurar”.
De acuerdo con el artículo 13, el horario nocturno iniciará a las 7 de la noche y terminará a las 6 de la mañana. Durante el trámite fue aprobada la proposición para que este artículo se implemente después de 6 meses de aprobada la ley de reforma laboral.
En la plenaria del miércoles también se aprobaron siete artículos más que versan en torno a los empleos verdes y azules para una transición justa para las y los trabajadores, y los relacionados con las garantías laborales para quienes están bajo la modalidad de Teletrabajo.
Estos fueron los artículos aprobados:
- Art. 13: Trabajo diurno y nocturno.
- Art. 53: Lineamientos de Política Pública de Trabajo Digno y Decente para la transición justa y el Empleo verde y azul
- Art 54. Incentivos al Empleo Verde y Azul
- Art 55. Formación para la promoción de empleos verdes y azules
- Art 56. Modalidades de Teletrabajo
- Artículo 57. Auxilio de Conectividad.
- Artículo 58. Garantías Laborales, Sindicales y De Seguridad Social Para Los Teletrabajadores.
- Artículo 59. Promoción de las diferentes modalidades de trabajo a distancia.
En total se aprobaron 8 artículos y se espera que en la próxima sesión plenaria se termine el total del articulado.